Gente, tenía que decir que en el caso de la manada no se puede aplicar pena ...


Te has inventado todos los números excepto los "nueve", agresión incluye intimidación, y no tienes ni puta idea, te vas al BOE, te descargas el PDF de 1017 páginas, te lees al menos las partes correspondientes, y luego vuelves, bocachancla.
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Me cuesta creer que solo sea abuso sexual algo que incluye intimidación. Agresion sexual no significa que la victima haya sido agredida obligarla a tener sexo, la intimidacion tambien se incluye.

Por cierto, por si alguien sigue pensando que "no es violacion si no se resiste" aconsejo mucho ver este video.
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Para violadores/abusadores toda pena que no sea un tiro en la frente es poca. Pero da igual, si total, los amiguis que les reian las gracias a sus abusos siguen sueltos. Unos mas o menos en la calle, no importan. Yo les daba una piruleta y les mandaba a casa por ser buenos hijos y hermanos. Y del otro caso que tienen pendiente, ni hablaba.
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"Fue sexo consentido, por eso al acabar la dejamos tirada y le rompimos el móvil, dejándola desnuda e incomunicada en unas fiestas y un lugar que no destacan por su seguridad"
Como mínimo es gente de mierda. Que uno sea Guardia Civil me parece un agravante de cojones.

Al principio pensaba que, joder, unos chavales borrachos tampoco pueden saber que una muchacha que hace 10 minutos estaba en plan "Te follo a ti y a otros 5 jajajiji" ahora está en shock, porque nunca dijo que no.
Pero después de enterarme de lo del móvil y de cómo la trataon. Vamos, tiene cojones.
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No, una pena buena sería la castración química.
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#2 #2 Gothic_Cynicism dijo: Me cuesta creer que solo sea abuso sexual algo que incluye intimidación. Agresion sexual no significa que la victima haya sido agredida obligarla a tener sexo, la intimidacion tambien se incluye.

Por cierto, por si alguien sigue pensando que "no es violacion si no se resiste" aconsejo mucho ver este video.
[youtube]iPk9VTATmGM[/youtube]
@Gothic_Cynicism Desgraciadamente, nuestro ordenamiento no considera intimidación la superioridad física manifiesta. Te remito al CP:
Artículo 181.
1. El que, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realizare actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona, será castigado, como responsable de abuso sexual, con la pena de prisión de uno a tres años o multa de dieciocho a veinticuatro meses (...)
3. La misma pena se impondrá cuando el consentimiento se obtenga prevaliéndose el responsable de una situación de superioridad manifiesta que coarte la libertad de la víctima.
4. En todos los casos anteriores, cuando el abuso sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado con la pena de prisión de cuatro a diez años.

Aún no he podido analizarla en profundidad pero, de acuerdo con esto, la sentencia en principio es justa. La ley... no tanto
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#6 #6 back_in_black_girl dijo: #2 @Gothic_Cynicism Desgraciadamente, nuestro ordenamiento no considera intimidación la superioridad física manifiesta. Te remito al CP:
Artículo 181.
1. El que, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realizare actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona, será castigado, como responsable de abuso sexual, con la pena de prisión de uno a tres años o multa de dieciocho a veinticuatro meses (...)
3. La misma pena se impondrá cuando el consentimiento se obtenga prevaliéndose el responsable de una situación de superioridad manifiesta que coarte la libertad de la víctima.
4. En todos los casos anteriores, cuando el abuso sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado con la pena de prisión de cuatro a diez años.

Aún no he podido analizarla en profundidad pero, de acuerdo con esto, la sentencia en principio es justa. La ley... no tanto
back_in_black_girl
Que gran error en la legislación. No sigo el caso pero si alguien lo sabe y me puede responder.

¿La victima denunció por arrepentimiento del acto sexual?¿ o por el posterior trato? ¿No fue consentido desde el principio aunque ella no lo manifestase (de aqui la intimidacion)?
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La víctima estaba en inferioridad numérica, asustada y borracha, consintió por el estado de indefensión en el que se encontraba. Esta condena lo único que nos dice a las mujeres, es que nos tenemos que resistir hasta que nos peguen o maten para que se considere violación, porque de otra manera el juicio será para ti.
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#5 #5 threeinarow dijo: No, una pena buena sería la castración química. @threeinarow Eso lo intentaron en Alemania en la década de los 70, dejaron de hacerlo porque la mayoría de violadores lo que buscan no es placer sexual, si no la dominación de las víctimas y al quedar en libertad volvían a violar, pero cambiando su "herramienta" por cualquier objeto que encontraban (botellas rotas, tuberías,...), lo que producía desgarros muy serios en las víctimas.
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#5 #5 threeinarow dijo: No, una pena buena sería la castración química. @threeinarow Química es demasiado blanda, física sería mejor.
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