Venga va, voy a mirarmelo.
-El tipo aplicable que irá desde el 7,00% hasta el 32% en función de la cantidad heredada.
-En Cataluña, el cónyuge o pareja estable que hereda puede aplicar una bonificación del 99% de la cuota tributaria.
-Se puede aplicar a la base imponible una reducción del 95% del valor de la vivienda habitual del difunto, con un límite conjunto de 500.000 euros, que se prorrateará entre los heredero
Y eso que el de Cataluña que es el que has nombrado es bastante especial en comparación con resto, así que hay que tratarlos por separado.
El caso, que lo que dices de que se pague menos de 1/3 ya existe, otra cosa es que no te mires la ley y pagues a tocateja sin aplicar todas las reducciones que tiene (que solo he puesto las más comunes, pero tiene muchas más) y al tipo máximo.
-1
No se debería pagar nada como impuesto de sucesiones, son propiedades que ya han sido pagadas, de las que se han pagado los impuestos y tributos correspondientes a lo largo del tiempo, sería lógico un pequeño pago por las gestiones que ocasiona, pero cuando son cosas ya pagadas y de una persona particular el estado no debería meter más mano y seguir robando
5
#2 #2 comemeelconejo dijo: No se debería pagar nada como impuesto de sucesiones, son propiedades que ya han sido pagadas, de las que se han pagado los impuestos y tributos correspondientes a lo largo del tiempo, sería lógico un pequeño pago por las gestiones que ocasiona, pero cuando son cosas ya pagadas y de una persona particular el estado no debería meter más mano y seguir robando@comemeelconejo La mayoría de las cosas heredadas no se han pagado impuestos de manera directa, solo los indirectos, por eso no es una doble tributación a las ganancias, es como decir que el impuesto de sucesiones es una doble tributación por que tu ya has pagado el IVA de las cosas que usas en la empresa.
-2
#3 #3 ddesinope dijo: #2 @comemeelconejo La mayoría de las cosas heredadas no se han pagado impuestos de manera directa, solo los indirectos, por eso no es una doble tributación a las ganancias, es como decir que el impuesto de sucesiones es una doble tributación por que tu ya has pagado el IVA de las cosas que usas en la empresa.@ddesinope vale no quería poner sucesiones, quería poner sociedades xDDDD
-1
#1 #1 ddesinope dijo: Venga va, voy a mirarmelo.
-El tipo aplicable que irá desde el 7,00% hasta el 32% en función de la cantidad heredada.
-En Cataluña, el cónyuge o pareja estable que hereda puede aplicar una bonificación del 99% de la cuota tributaria.
-Se puede aplicar a la base imponible una reducción del 95% del valor de la vivienda habitual del difunto, con un límite conjunto de 500.000 euros, que se prorrateará entre los heredero
Y eso que el de Cataluña que es el que has nombrado es bastante especial en comparación con resto, así que hay que tratarlos por separado.
El caso, que lo que dices de que se pague menos de 1/3 ya existe, otra cosa es que no te mires la ley y pagues a tocateja sin aplicar todas las reducciones que tiene (que solo he puesto las más comunes, pero tiene muchas más) y al tipo máximo. @ddesinope ¿Entonces por qué se quejan algunos catalanes de la diferencia? ¿O por qué algunos dicen que es ilegal?¿Porque no se miran todas las reducciones que tiene?
Te lo pregunto genuinamente porque pareces entender del tema y yo no tengo ni idea.
-1
Como todos los impuestos, el impuesto de sucesiones debe ser, y es, progresivo y por rangos. Quien más promueve que se quiten los impuestos de sucesiones son las familias acaudaladas. Este es uno de los impuestos más importantes para la redistribución de la riqueza en la sociedad. Por mucho que queráis pisos regalados, pedir que lo quiten a secas es jodidamente estúpido.
-1
#3 #3 ddesinope dijo: #2 @comemeelconejo La mayoría de las cosas heredadas no se han pagado impuestos de manera directa, solo los indirectos, por eso no es una doble tributación a las ganancias, es como decir que el impuesto de sucesiones es una doble tributación por que tu ya has pagado el IVA de las cosas que usas en la empresa.@ddesinope el ivi no es un impuesto directo sobre las propiedades? y que tiene que ver el impuesto de socieddes con est? o, estas mezclando uvas con peras
2
#6 #6 adultspyro dijo: Como todos los impuestos, el impuesto de sucesiones debe ser, y es, progresivo y por rangos. Quien más promueve que se quiten los impuestos de sucesiones son las familias acaudaladas. Este es uno de los impuestos más importantes para la redistribución de la riqueza en la sociedad. Por mucho que queráis pisos regalados, pedir que lo quiten a secas es jodidamente estúpido. @adultspyro es un impuesto tan necesario e importante que en el único pais de la unión europea que se paga es en el nuestro, en Francia existe algo parecido a nuestro impuesto de sucesiones pero este si que es un pago simbolico por las gestiones. Y no te creas que mis papis son ricos, lo unico que podrán dejarme al morir es una casa de 44 m cuadrados y una hipoteca por acabar de pagar
0
@giagia115011 para cuando una entrevista con los tecudienses?
-1
#5 #5 wagnerin dijo: #1 @ddesinope ¿Entonces por qué se quejan algunos catalanes de la diferencia? ¿O por qué algunos dicen que es ilegal?¿Porque no se miran todas las reducciones que tiene?
Te lo pregunto genuinamente porque pareces entender del tema y yo no tengo ni idea. @wagnerin Por que no se lo miran ni puta idea. Lo que supongo que se quejan, es que no tienen un mínimo exento que si tienen otras comunidades que incluso llega al millón de euros en algunas (es decir el primer millón heredado no cuenta), que además las demás comunidades también tienen bastantes reducciones.
Lo de que es ilegal, supongo que también por no tener mínimo exento o simplemente por darle más dramatismo.
#7 #7 comemeelconejo dijo: #3 @ddesinope el ivi no es un impuesto directo sobre las propiedades? y que tiene que ver el impuesto de socieddes con est? o, estas mezclando uvas con peras@comemeelconejo Lo de sociedades lo decía por dar otro ejemplo de "doble gravamen" que no lo es realmente aunque pagues impuestos varias veces por algo producido por el mismo bien. En cuanto al IBI, por eso la mayoría de las reducciones del ISD son a casas y similares como las que he puesto, que puedes reducirlo un 99% o 95%, es decir, dejarlo en un mero trámite y que el IBI ronda actualmente entre el 0,4 y el 1,3% ni punto de comparación. Aún así, te reconozco que la ley del IBI no me la he leído más que muy por encima, así que poco puedo argumentar sobre ese impuesto que si bien es cierto que es calificado como directo, no tiene en cuenta tu poder adquisitivo cosa que el ISD si hace en algunos sitios, aunque no en todos y eso si que me parece una critica que se puede hacer al ISD.
-2
#8 #8 comemeelconejo dijo: #6 @adultspyro es un impuesto tan necesario e importante que en el único pais de la unión europea que se paga es en el nuestro, en Francia existe algo parecido a nuestro impuesto de sucesiones pero este si que es un pago simbolico por las gestiones. Y no te creas que mis papis son ricos, lo unico que podrán dejarme al morir es una casa de 44 m cuadrados y una hipoteca por acabar de pagar @comemeelconejo Google + "impuesto sucesiones europa" : "lo mantienen Francia, Bélgica, Alemania, Dinamarca, Croacia, Italia, Lituania, Polonia, Hungría y Eslovenia. Y el Reino Unido".
Sabes lo que sí somos únicos? El único país que subvenciona con dinero público el maltrato animal.
1
#10 #10 ddesinope dijo: #5 @wagnerin Por que no se lo miran ni puta idea. Lo que supongo que se quejan, es que no tienen un mínimo exento que si tienen otras comunidades que incluso llega al millón de euros en algunas (es decir el primer millón heredado no cuenta), que además las demás comunidades también tienen bastantes reducciones.
Lo de que es ilegal, supongo que también por no tener mínimo exento o simplemente por darle más dramatismo.
#7 @comemeelconejo Lo de sociedades lo decía por dar otro ejemplo de "doble gravamen" que no lo es realmente aunque pagues impuestos varias veces por algo producido por el mismo bien. En cuanto al IBI, por eso la mayoría de las reducciones del ISD son a casas y similares como las que he puesto, que puedes reducirlo un 99% o 95%, es decir, dejarlo en un mero trámite y que el IBI ronda actualmente entre el 0,4 y el 1,3% ni punto de comparación. Aún así, te reconozco que la ley del IBI no me la he leído más que muy por encima, así que poco puedo argumentar sobre ese impuesto que si bien es cierto que es calificado como directo, no tiene en cuenta tu poder adquisitivo cosa que el ISD si hace en algunos sitios, aunque no en todos y eso si que me parece una critica que se puede hacer al ISD.@ddesinope "Joder, es que habláis sin haberos leído una puta ley de cualquier impuesto."
Aplicate el cuento, que sigues sin tener ni idea del tema herencias aun habiendo intentado quedar de listo mas de una vez con el temita, que aun debes seguir sin saber que es la herencia legitima ;)
-1
Yo estoy en contra de pagar el impuesto de sucesiones, la gente con mucha pasta hace sociedades y no pagan, mientras los pringaos de turno se dejan un pastizal entre Sucesiones, Actos Juridicos Documentados y el IBI. al final siempre pagamos los mismos ingenuos.
0
Deja tu comentario
Necesitas tener una cuenta para poder dejar comentarios.
-El tipo aplicable que irá desde el 7,00% hasta el 32% en función de la cantidad heredada.
-En Cataluña, el cónyuge o pareja estable que hereda puede aplicar una bonificación del 99% de la cuota tributaria.
-Se puede aplicar a la base imponible una reducción del 95% del valor de la vivienda habitual del difunto, con un límite conjunto de 500.000 euros, que se prorrateará entre los heredero
Y eso que el de Cataluña que es el que has nombrado es bastante especial en comparación con resto, así que hay que tratarlos por separado.
El caso, que lo que dices de que se pague menos de 1/3 ya existe, otra cosa es que no te mires la ley y pagues a tocateja sin aplicar todas las reducciones que tiene (que solo he puesto las más comunes, pero tiene muchas más) y al tipo máximo.
-El tipo aplicable que irá desde el 7,00% hasta el 32% en función de la cantidad heredada.
-En Cataluña, el cónyuge o pareja estable que hereda puede aplicar una bonificación del 99% de la cuota tributaria.
-Se puede aplicar a la base imponible una reducción del 95% del valor de la vivienda habitual del difunto, con un límite conjunto de 500.000 euros, que se prorrateará entre los heredero
Y eso que el de Cataluña que es el que has nombrado es bastante especial en comparación con resto, así que hay que tratarlos por separado.
El caso, que lo que dices de que se pague menos de 1/3 ya existe, otra cosa es que no te mires la ley y pagues a tocateja sin aplicar todas las reducciones que tiene (que solo he puesto las más comunes, pero tiene muchas más) y al tipo máximo.
@ddesinope ¿Entonces por qué se quejan algunos catalanes de la diferencia? ¿O por qué algunos dicen que es ilegal?¿Porque no se miran todas las reducciones que tiene?
Te lo pregunto genuinamente porque pareces entender del tema y yo no tengo ni idea.
@adultspyro es un impuesto tan necesario e importante que en el único pais de la unión europea que se paga es en el nuestro, en Francia existe algo parecido a nuestro impuesto de sucesiones pero este si que es un pago simbolico por las gestiones. Y no te creas que mis papis son ricos, lo unico que podrán dejarme al morir es una casa de 44 m cuadrados y una hipoteca por acabar de pagar
Te lo pregunto genuinamente porque pareces entender del tema y yo no tengo ni idea. @wagnerin Por que no se lo miran ni puta idea. Lo que supongo que se quejan, es que no tienen un mínimo exento que si tienen otras comunidades que incluso llega al millón de euros en algunas (es decir el primer millón heredado no cuenta), que además las demás comunidades también tienen bastantes reducciones.
Lo de que es ilegal, supongo que también por no tener mínimo exento o simplemente por darle más dramatismo.
#7 #7 comemeelconejo dijo: #3 @ddesinope el ivi no es un impuesto directo sobre las propiedades? y que tiene que ver el impuesto de socieddes con est? o, estas mezclando uvas con peras@comemeelconejo Lo de sociedades lo decía por dar otro ejemplo de "doble gravamen" que no lo es realmente aunque pagues impuestos varias veces por algo producido por el mismo bien. En cuanto al IBI, por eso la mayoría de las reducciones del ISD son a casas y similares como las que he puesto, que puedes reducirlo un 99% o 95%, es decir, dejarlo en un mero trámite y que el IBI ronda actualmente entre el 0,4 y el 1,3% ni punto de comparación. Aún así, te reconozco que la ley del IBI no me la he leído más que muy por encima, así que poco puedo argumentar sobre ese impuesto que si bien es cierto que es calificado como directo, no tiene en cuenta tu poder adquisitivo cosa que el ISD si hace en algunos sitios, aunque no en todos y eso si que me parece una critica que se puede hacer al ISD.
Sabes lo que sí somos únicos? El único país que subvenciona con dinero público el maltrato animal.
Lo de que es ilegal, supongo que también por no tener mínimo exento o simplemente por darle más dramatismo.
#7 @comemeelconejo Lo de sociedades lo decía por dar otro ejemplo de "doble gravamen" que no lo es realmente aunque pagues impuestos varias veces por algo producido por el mismo bien. En cuanto al IBI, por eso la mayoría de las reducciones del ISD son a casas y similares como las que he puesto, que puedes reducirlo un 99% o 95%, es decir, dejarlo en un mero trámite y que el IBI ronda actualmente entre el 0,4 y el 1,3% ni punto de comparación. Aún así, te reconozco que la ley del IBI no me la he leído más que muy por encima, así que poco puedo argumentar sobre ese impuesto que si bien es cierto que es calificado como directo, no tiene en cuenta tu poder adquisitivo cosa que el ISD si hace en algunos sitios, aunque no en todos y eso si que me parece una critica que se puede hacer al ISD.@ddesinope "Joder, es que habláis sin haberos leído una puta ley de cualquier impuesto."
Aplicate el cuento, que sigues sin tener ni idea del tema herencias aun habiendo intentado quedar de listo mas de una vez con el temita, que aun debes seguir sin saber que es la herencia legitima ;)