¡Tenía que decirlo! / Perfil de gnomomo

Perfil de gnomomo

Miembro desde 29 de Octubre de 2011
Número de aportaciones: 1 publicadas
Número de comentarios: 1405 Ver comentarios
Puntuación de comentarios: 1463 positivos, 547 negativos. (Nota media: 7,3)
Últimas menciones de @gnomomo

Imposible

0 DE 1 RETOS
0%
Apocalipsis

Apocalipsis

Demostrar que estás vivo y comentar el día del Fin del Mundo

Festivo

0 DE 13 RETOS
0%
Fin de Año

Fin de Año

Comentar en los 5 primeros minutos del año

San Valentín

San Valentín

Comentar una entrada el día de San Valentín

Sant Jordi

Sant Jordi

Comentar una entrada el 23 de Abril, día del Libro y Sant Jordi

Halloween

Halloween

Tener publicada una entrada de Halloween

Calabaza

Calabaza

Logro oculto de Halloween

Zombie

Zombie

Comentar entre las 4:00 y 5:00 del 1 de Noviembre [GMT +01:00 (CET)]

Lotería de navidad

Lotería de navidad

Si la última cifra del premio gordo de la lotería de Navidad (22 Dic) coincide con la última cifra del día de tu registro. Ej: 23/09/2010 jugarías con el 3.

Truco o Trato

Truco o Trato

Tienes hasta el 1 de noviembre para encontrar un personaje de Halloween escondido en esta web ¿Truco o trato?

Truco o Trato Global

Truco o Trato Global

Tienes hasta el 1 de noviembre para encontrar el personaje de Halloween escondido en cada una de las 10 webs de Memondo. ¿Te atreves?

Día de los inocentes

Día de los inocentes

¡Inocente! Hay logros imposibles de conseguir, y luego está éste

Papá Noel

Papá Noel

Encuentra al Papá Noel que hemos escondido en la web y clica para que te dé el logro de regalo. Cada usuario lo tiene escondido en una página distinta. Pista: Tu fecha de registro vs cuando empezó todo

Feliz Navidad

Feliz Navidad

Tienes hasta el 31 de diciembre para encontrar un personaje de Navidad escondido en esta web ¿Aceptas el desafío?

Feliz Navidad (Global)

Feliz Navidad (Global)

Tienes hasta el 31 de diciembre para encontrar un personaje de Navidad escondido en las siguientes webs: ADV, TQD, VEF, GIF, CR, CC, NTT, AOR, MMD, CF, AVE

Random

2 DE 15 RETOS
14%
Novato

Novato

Recompensa por el registro en la web

Aplicado

Aplicado

Haber rellenado todos los datos en tu perfil

Fotogénico

Fotogénico

Tener foto en el perfil

Madrugador

Madrugador

Comentar una entrada entre las 7 y las 8 de la mañana [GMT +01:00 (CET)]

Ave nocturna

Ave nocturna

Comentar una entrada entre la 1 y las 3 de la madrugada [GMT +01:00 (CET)]

Móvil

Móvil

Conectarse a la versión móvil de la página

Trotamundos

Trotamundos

Conectarse a la web desde 3 países distintos

Super Popular

Super Popular

Tener al menos 100 usuarios siguiéndote

Popular

Popular

Tener al menos 20 usuarios siguiéndote

Clon

Clon

Haberse conectado con la misma IP que otro usuario

Verano

Verano

Tener al menos un comentario en Julio y otro en Agosto

Huelga General

Huelga General

Comentar una entrada un día en que haya Huelga General

Olímpico

Olímpico

Comentar durante los Juegos Olímpicos

Mundial de Fútbol

Mundial de Fútbol

Comentar una entrada durante un Mundial de Fútbol

Penitencia

Penitencia

Comentar cada día de la Semana Santa

Comentarista

0 DE 10 RETOS
0%
Erudito

Erudito

Tener al menos 100 comentarios destacados

Tertuliano

Tertuliano

Tener al menos 50 comentarios destacados

Aprendiz de Tertuliano

Aprendiz de Tertuliano

Tener al menos 10 comentarios destacados

Has creado escuela

Has creado escuela

Tener al menos un comentario con más de 50 votos positivos

Creando escuela

Creando escuela

Tener al menos un comentario con más de 20 votos positivos

Crítico

Crítico

Haber votado más de 5000 comentarios

Empollón

Empollón

Tener una puntuación igual o superior a 8 en los comentarios

Viciado

Viciado

Comentar al menos 30 días distintos

Super Viciado

Super Viciado

Comentar al menos 100 días distintos

Multitemático

Multitemático

Haber comentado aportes de todas las categorías

Memondo Network

1 DE 13 RETOS
8%
ADV

ADV

Tener 1 anécdota publicada en www.ascodevida.com

TQD

TQD

Tener un TQD publicado en www.teniaquedecirlo.com

VEF

VEF

Tener un VEF publicado en www.vistoenlasredes.com

GIF

GIF

Tener 1 GIF publicado en www.vayagif.com

CR

CR

Tener 1 cartel publicado en www.cuantarazon.com

CC

CC

Tener 1 viñeta publicada en www.cuantocabron.com

NTT

NTT

Tener un vídeo publicado en www.notengotele.com

AOR

AOR

Tener 1 anécdota publicada en www.ahorradororata.com

MMD

MMD

Tener 1 cartel publicado en www.memedeportes.com

CG

CG

Tener 1 cartel publicado en www.cuantogato.com

CF

CF

Tener 1 artículo/lista publicado en www.cuantafauna.com

VRU

VRU

Tener 1 entrada publicada en www.vrutal.com

VIR

VIR

Tener 1 quiz publicado en www.viralizalo.com

Veteranía

7 DE 7 RETOS
100%
Veterano (medio año)

Veterano (medio año)

Medio año de veteranía en la red de webs

Veterano (un año)

Veterano (un año)

Un año de veteranía en la red de webs

Veterano (dos años)

Veterano (dos años)

Dos años de veteranía en la red de webs

Veterano (tres años)

Veterano (tres años)

Tres años de veteranía en la red de webs

Veterano (cuatro años)

Veterano (cuatro años)

Cuatro años de veteranía en la red de webs

Veterano (cinco años)

Veterano (cinco años)

Cinco años de veteranía en la red de webs

Veterano (seis años)

Veterano (seis años)

Seis años de veteranía en la red de webs

VIP

0 DE 4 RETOS
0%
Usuario del día

Usuario del día

Haber sido el mejor usuario del día

Usuario de la semana

Usuario de la semana

Haber sido el mejor usuario de la semana

Usuario del mes

Usuario del mes

Haber sido el mejor usuario del mes

Usuario del año

Usuario del año

Haber tenido el honor de haber sido el mejor usuario del año

Redactor

1 DE 9 RETOS
12%
Colaborador Oro

Colaborador Oro

Tener publicadas al menos 5 entradas

Colaborador Plata

Colaborador Plata

Tener publicadas al menos 3 entradas

Colaborador Bronce

Colaborador Bronce

Tener publicada al menos 1 entrada

Aporte del mes

Aporte del mes

El mejor aporte del mes

Aporte de la semana

Aporte de la semana

El mejor aporte de la semana

Aporte del día

Aporte del día

El mejor aporte del día

Diana

Diana

Tener un mínimo del 50% de entradas publicadas respecto el total de enviadas

Facebook

Facebook

Tener al menos 300 Me gusta en una entrada tuya

Twitter

Twitter

Tener al menos 30 retweets en una entrada tuya

Redactor de élite

0 DE 3 RETOS
0%
Élite oro

Élite oro

Tener publicado al menos 5 artículos/listas

Élite plata

Élite plata

Tener publicado al menos 3 artículos/listas

Élite bronce

Élite bronce

Tener publicado al menos 1 artículo/lista

Usuario

0 DE 5 RETOS
0%
Usuario Diamante

Usuario Diamante

Haber conseguido 50 logros

Usuario Platino

Usuario Platino

Haber conseguido 40 logros

Usuario Oro

Usuario Oro

Haber conseguido 30 logros

Usuario Plata

Usuario Plata

Haber conseguido 20 logros

Usuario Bronce

Usuario Bronce

Haber conseguido 10 logros

Cuarto Milenio

1 DE 5 RETOS
20%
Logro Oculto

Logro Oculto

Logro secreto, para los usuarios que captan la esencia de la web

Logro Oculto 2

Logro Oculto 2

Logro oculto, para los más inquietos y curiosos

Logro Oculto 3

Logro Oculto 3

Logro oculto, para los más queridos

Logro Oculto 4

Logro Oculto 4

Logro oculto, para los fans acérrimos de la red de webs

Logro Oculto 5

Logro Oculto 5

Logro oculto, para los más ocultos

Comentarios enviados

#142 Ya he dejado clara antes la definición, paso de perder más el tiempo.
#143 #144 En serio, esta discusión ya se vuelve cíclica al tener que explicar lo mismo una y otra vez.
-1
#140 Ahora dime dónde ves en el art. 97 CC referencia alguna a dicho colectivo victimizado, porque yo no la veo, cosa que sí ocurre en el caso de los discapacitados o en la Ley 1/2004.
#139 Pues no tengo muy claro si se puede decir que es hembrista tu ámbito laboral, femenino sin duda, pero lo que está claro es que no es feminista. Si se utilizasen desde un principio los términos correctos esto no pasaría, pero al hacerlo se identifica incorrectamente al feminismo como lo opuesto al machismo, desprestigiando con ello el movimiento y favoreciendo que se perpetúe un mundo machista. Pero si es por uso incorrecto de términos, el de fascista se lleva la palma.
-1
#138 Aun cuando esa definición sigue sin encajar con el contenido del art. 97 CC, como ya dije en otra ocasión: me la trae al pairo la definición de la RAE. La discriminación positiva es en este caso un término jurídico, la definición de la RAE no es válida.
Según un texto doctrinal que tengo, la discriminación positiva es una medida diferenciadora encaminada a privilegiar a los integrantes de un colectivo tradicionalmente victimizado, que no solo se propone conseguir la igualdad de oportunidades sino la igualdad de resultados: se propone la consecución de un resultado igualitario y garantiza dicha consecución.
-1
#134 Ah vale, ya te has dado cuenta tú solo.
0
#130 Creo definitivamente que tienes un problema con los conceptos, busca lo que significa feminismo y luego dime si realmente es la educación infantil feminista.
Es que en la discriminación positiva sí que sale una parte perjudicada, en la medida que favoreces a uno respecto a un puesto estás perjudicando al otro. Cuestión distinta es que ese trato de favor esté o no justificado.
0
#106 Sigues sin entender lo que es la discriminación positiva, por lo menos jurídicamente hablando, que es lo que importa ya que haces referencia la pensión compensatoria del art. 97 CC. La discriminación positiva no es una "situación", son medidas tomadas de manera consciente para compensar la desigualdad de un determinado colectivo, no puedes decir que en el art. 97 CC existe discriminación positiva porque es que no la hay en ningún sitio. Yo no veo que se diga que se favorecerá a la mujer, pero bueno.
#107 Ya, pero no es un pacto, es una figura jurídica que puede ser pactada o impuesta por el juez.
#109 Ya paso de seguir explicando ese tema porque ya te he explicado que el fundamento de ambas es distinto, si lo hubieras entendido no me seguirías diciendo esto.
0
¿Literatura objetiva? Y otra nueva chorrada por TQD.
5
#103 Por cierto, sigo sin verle sentido a eso que has puesto de que el divorcio puede hacerse hasta en un juzgado de primera instancia. ¿Qué pretendes, que resuelva un divorcio una Audiencia Provincial? xDD
Además, esto no tiene sentido en el tema de la distribución competencial ya que la jurisdicción es única en España.
0
#102 Lo de la discriminación positiva ya ni me molesto en rebatirlo porque ya expliqué anteriormente qué era, y supuestamente tú lo sabías, pero por lo que veo no es así.

Buen final, das a entender que esta discusión no tiene sentido, como si tú llevaras la razón y nosotros fuéramos borregos que no saben verlo. La realidad es que estás discutiendo de Derecho con alguien que estudia Derecho y no das tu brazo a torcer, y que estás discutiendo de psicología con una psicóloga y estás haciendo lo mismo. Y aún creerás que tienes razón xDD
Por cierto, ¿dónde se nota que nos conocemos bien si cada uno está hablando de un tema distinto?
0
#97 Y vuelve la burra al trigo. No son pactos si pueden ser impuestos por el juez. Son dos figuras jurídicas distintas, que es lo que pareces no entender, las cuales hallan su fundamento en cuestiones también distintas. Y esto queda claro en el artículo que tú mismo pasaste antes. El fundamento de la pensión compensatoria es el desequilibrio económico que se produce en una de las partes tras el divorcio, el cual debe ser compensado. En cambio, el fundamento de la compensación económica es el enriquecimiento injusto de uno de los cónyuges por haber recibido del otro un trabajo no retribuido o retribuido de manera insuficiente. Si estudiaras Derecho sabrías que no puedes ir diciendo que vienen a ser lo mismo o que soluciona lo mismo y blablabla.
0
#100 Por tanto, no todas las CCAA pueden regular lo mismo, siendo en todo caso el Derecho estatal (el Código Civil) supletorio respecto al autonómico (art.149.3 CE).
Con lo cual, como he dicho, la legislación catalana ni me va ni me viene siendo de Valencia, por mucho que puedan tener algunas figuras en común, únicamente el Derecho estatal nos afecta a todos. Eso sin contar que el Código de Familia que me has pasado está derogado.
0
#96 Según el artículo 149.1.8ª CE el Estado tiene competencia exclusiva en materia de legislación civil, lo cual incluye la regulación del matrimonio, sin perjuicio de la conservación, modificación y desarrollo por las Comunidades Autónomas de los derechos civiles, forales o especiales, allí donde existan. Esto implica que solo pueden regular esta materia las CCAA donde en 1978 ya se viniera regulando, es decir, se atiende a la tradición histórica en cuanto a la regulación.
0
#90 Si estamos hablando de la legislación en materia de divorcio no puedes ponerme como ejemplo una figura que solo está vigente a nivel autonómico, habrá que hablar de la norma estatal, yo soy de Valencia así que la legislación autonómica catalana ni me va ni me viene.
0
#1 Si tienes realmente una buena autoestima no tienes complejos, con lo cual no puedes descargar sobre nadie algo que no tienes.
#14 Con eso solo te refieres al aspecto físico, una mujer puede no tener inseguridades en ese aspecto y por ello poder salir a la calle como sea. Pero eso no quita que pueda tener inseguridades en otros aspectos.
0
#87 Las segundas son medidas como el establecimiento de cuotas o reservas, o en este caso el favorecimiento del sexo infrarrepresentado, y según el art. 17.4 ET será la negociación colectiva la que PUEDE establecer ese tipo de medidas. Los convenios colectivos, a diferencia de la ley, no tienen vigencia general, sino sectorial, por lo que solo son de aplicación en el sector concreto que regulan. Por ello, si en un determinado sector laboral el hombre es el sexo infrarrepresentado podría establecerse medidas en su favor.

PS: Hay que aclarar que aunque yo haya usado los términos acción positiva y discriminación inversa no tienen por qué tener necesariamente ese sentido, en Derecho las discusiones conceptuales son el pan de cada día.
0
#82 Si hubierais entendido lo que he puesto en un principio veríais que esa parte de la discusión no tiene sentido. Para entenderlo hay que distinguir entre la acción positiva y la discriminación inversa (ambas, discriminación positiva). La diferencia estriba en que las primeras no perjudican a nadie y las segundas sí.
Las primeras son medidas como subvenciones o desgravaciones, que puede otorgar el Gobierno según el art. 17.3 ET.
0
#76 Pero según he visto has sido tú el primero en hacer referencia a la compensación económica, cuando en el Código Civil, que es el que tiene vigencia a nivel estatal, se habla de una pensión compensatoria.

Es que en nuestro ordenamiento jurídico no hay una edad estipulada a la que el menor puede ser escuchado, por ello es el juez, con la asistencia de los profesionales pertinentes, el que decide si el menor tiene la suficiente madurez para opinar. A mí me parece lógico este requisito de madurez para que el hijo pueda ser escuchado.
0
#74 Ya, eso ya lo sé, pero me he perdido porque lo que no he entendido es por qué lo has puesto aquí.
-1
#72 Pues se hace así precisamente porque lo que se busca es favorecer al hijo, independientemente de que uno de los progenitores resulte perjudicado. "la afectividad existe por ambas partes" Pues dependerá de cada uno, pero según mi experiencia personal y de gente que conozco normalmente los hijos están más ligados a su madre. Helvetti es psicóloga, sabrá explicarlo mejor que yo.
-1
#69 ¿Podrías explicar mejor lo que quieres decir? El artículo 97 CC hace referencia a una pensión compensatoria, no a una compensación económica.
0